¿Qué es el derecho internacional?
El derecho internacional, comúnmente llamado «derecho internacional público», regula las relaciones y actividades entre las naciones. También contiene normas relativas al funcionamiento de las organizaciones internacionales, como las Naciones Unidas. Además, regula el trato que los Estados dan a los individuos y a las personas jurídicas (es decir, a las personas no naturales, como una corporación, una asociación o una sociedad).
El derecho internacional es distinto del «derecho internacional privado» (también conocido como «conflicto de leyes»), que regula las relaciones entre individuos y personas jurídicas de diferentes naciones.
Nótese que el derecho internacional se refiere a las naciones como estados soberanos. En este contexto, Estados soberanos no significa Estados dentro de una nación. Además, en Estados Unidos, los estados individuales carecen de autoridad para participar en tratos internacionales. La Constitución de EE.UU. niega explícitamente a los estados este poder y lo confiere al gobierno federal. (U.S. Const. Art. I, § 10).
El derecho internacional abarca varias áreas, como el comercio internacional, la creación y disolución de estados, el uso de la fuerza (respecto a cuándo un estado puede iniciar la fuerza contra otro estado), los conflictos armados («derecho humanitario», que regula cómo un estado lleva a cabo un conflicto armado), los derechos humanos (que se recogen en varios instrumentos internacionales, como la Declaración de los Derechos Humanos), los refugiados, los delitos, el medio ambiente, el trabajo, el mar, el espacio aéreo y los servicios postales.
¿Cómo se aplica el derecho internacional?
El derecho internacional difiere del derecho interno. En Estados Unidos, el gobierno federal y los gobiernos estatales se encargan de hacer cumplir el derecho interno estadounidense. Sin embargo, en lo que respecta al derecho internacional, ningún gobierno u organización internacional hace cumplir el derecho internacional. Aunque el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas puede aprobar medidas que autoricen su aplicación, la entidad de aplicación prevista (art. 43) para llevar a cabo dichas medidas nunca se materializó debido a que los Estados miembros no aportaron los recursos necesarios (como tropas). (No hay que confundir un órgano de ejecución con las actuales fuerzas de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, cuya función es mantener la paz y la seguridad, no hacer cumplir las infracciones del derecho internacional).
¿Cómo se resuelven las disputas internacionales?
Las disputas internacionales a veces desembocan en un conflicto armado entre Estados, a pesar de la prohibición de la fuerza agresiva (es decir, la fuerza no utilizada en defensa propia) (Carta de las Naciones Unidas, Art. 2(4)). Sin embargo, la mayoría de las disputas entre Estados se resuelven pacíficamente. La solución pacífica suele alcanzarse por medios diplomáticos, mediante los cuales los Estados cumplen voluntariamente el derecho internacional en medio de la presión de otros Estados. Otro mecanismo de solución pacífica es el sometimiento del asunto por parte de los estados contendientes a un tribunal internacional, una corte o un arbitraje.
¿Cuáles son las fuentes del derecho internacional?
- Acuerdos internacionales
- Derecho consuetudinario
- Jus cogens (que significa «derecho fuerte» o «derecho imperativo»)
- Resoluciones aprobadas por organizaciones internacionales (en algunas circunstancias)
- Hasta cierto punto, decisiones de tribunales internacionales, cortes, y arbitrajes (dependiendo del acuerdo de arbitraje subyacente)
- algunos principios generales del derecho
- decisiones judiciales y tratados académicos (pero sólo como fuentes auxiliares)
Los acuerdos internacionales (como tratados, convenios, pactos y protocolos) entre Estados son las fuentes más antiguas del derecho internacional. El tratado más antiguo que se conoce se remonta al año 1380 a.C., a una alianza entre el rey hitita Suppiluliuma I y Aziras de Amurru (una provincia del norte de Siria del imperio egipcio).
El derecho consuetudinario es el derecho desarrollado a partir de la práctica de los estados de adherirse a una costumbre concreta por sentido de la obligación.
El jus cogens describe las normas imperativas del derecho internacional que no se pueden derogar mediante un tratado. (Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, arts. 53 y 64). Por ejemplo, las naciones no pueden incumplir la ley que prohíbe la esclavitud.
En circunstancias especiales, las organizaciones internacionales pueden crear derecho vinculante. Las resoluciones aprobadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas pueden ser vinculantes para los Estados miembros (arts. 41, 42, 48 y 49). Un ejemplo de este tipo de resolución es la que ordena la imposición de sanciones a un Estado en respuesta a una violación del derecho internacional que amenace la paz y la seguridad internacionales.
Las resoluciones emitidas por los tribunales internacionales (incluidas las cortes y el arbitraje) constituyen derecho en la medida en que son vinculantes para los Estados parte en el procedimiento. Estas decisiones no son vinculantes para los que no son parte, pero pueden servir para revelar la composición del derecho internacional a otros Estados y tribunales.
Otras fuentes del derecho internacional pueden deducirse de las que dispone la Corte Internacional de Justicia (la «CIJ», también conocida como «la Corte Mundial», el principal órgano judicial de las Naciones Unidas). Además de las fuentes ya mencionadas, la Corte Mundial puede basarse en los principios jurídicos generales «reconocidos por las naciones civilizadas» para deducir el derecho internacional (Estatuto de la CIJ, art. 38). La Corte también puede recurrir, como fuentes secundarias, a «las decisiones judiciales y las enseñanzas de los publicistas más calificados de las diversas naciones» para determinar las normas del derecho internacional (Estatuto de la CIJ, Art. 38).
Última actualización: febrero de 2020