Preguntas. Siempre ha sido nuestra práctica emitir avisos de separación sólo cuando despedimos involuntariamente a un empleado, pero nuestro nuevo gerente de planta cree que tenemos que emitirlos incluso cuando un empleado renuncia voluntariamente. ¿Cuál es la norma?
A. Bajo la ley de Georgia, los empleadores deben completar y entregar un aviso de separación, formulario DOL-800, a todos los empleados en el momento de la separación por cualquier razón. El empleador debe proporcionar la razón del despido, incluso si el empleado ha renunciado voluntariamente.
Entregue el aviso de separación al empleado en el último día de trabajo. Si por alguna razón el empleado no está presente el último día de trabajo, envíe el aviso por correo a la última dirección conocida del empleado dentro de los tres días siguientes al último día de trabajo. El hecho de no proporcionar este aviso puede afectar negativamente a la oportunidad de un empleador de impugnar la reclamación de un empleado de las prestaciones de compensación por desempleo.
A parte, la información establecida en el aviso de separación (o cualquier otra comunicación al Departamento de Trabajo de Georgia relacionada con una reclamación de compensación por desempleo) es privilegiada. No puede constituir la base de una reclamación por difamación o de otro tipo que haga valer el empleado en virtud de la legislación de Georgia. Tenga en cuenta, sin embargo, que algunos tribunales federales se han negado a extender tales privilegios creados por el estado a las reclamaciones federales basadas en una comunicación supuestamente falsa o de represalia de un empleador a una agencia estatal como el GDOL.