Descubrir que su cuenta bancaria ha sido congelada a menudo puede ser una de las experiencias más impactantes e inquietantes de su vida. Por lo general, este descubrimiento se hace al intentar utilizar su tarjeta de cheques en línea, en un cajero automático, o incluso peor – en una tienda (frente a una larga cola de otras personas que esperan para cobrar sus artículos). Puede ser una experiencia embarazosa que se agrava aún más por el hecho de que puede tener una necesidad urgente de gastar su dinero pero no puede. No puedes pagar el alquiler, comprar alimentos, echar gasolina al coche… la lista es interminable. La mayoría de la gente llama inmediatamente a su banco sólo para enterarse de que una sentencia de la que no sabían nada ha provocado una restricción de los fondos en su(s) cuenta(s).

Entonces, ¿qué pasa ahora? Qué pasos puedes dar para intentar solucionar este gran problema? ¿Qué derechos y protecciones tiene usted en el Estado de Nueva York?

Lo primero que hay que saber es que su cuenta bancaria ha sido congelada como resultado de que alguien (probablemente una compañía de tarjetas de crédito o de préstamos) haya obtenido una sentencia en su contra. Si usted no sabía de la demanda, entonces no podría haberla combatido y, por lo tanto, es probable que el acreedor/demandante haya obtenido una sentencia en rebeldía por la cantidad que pedía. Para saber más sobre la demanda subyacente, puede pedir a su banco que le facilite el nombre del «acreedor», su bufete de abogados y el «número de índice» del caso. Armado con esa información, puede ponerse en contacto con el tribunal correspondiente y pedir copias de la citación, la demanda, la declaración jurada de notificación, la declaración jurada de mérito y la sentencia. Esta documentación le proporcionará información que puede respaldar la presentación de una Moción de Anulación (también conocida como una Orden para Mostrar Causa).

Este sería el mejor momento para hablar con un abogado de nuestro bufete de abogados, ya que podemos explicar lo que implica el proceso y asegurarse de que usted pone su mejor pie adelante. Tenga en cuenta: La presentación de una Orden para Mostrar Causa no significa que la cuenta será liberada de inmediato – o incluso en absoluto. Sin embargo, si la Orden es firmada por un Juez y ha sido preparada adecuadamente, usted puede al menos impedir temporalmente que el acreedor y sus abogados saquen el dinero de su cuenta. Si se ha presentado una Orden para mostrar la causa, el Tribunal puede programar una audiencia «transversal» en la que las partes implicadas comparecen y debaten si la notificación, tal y como la define la ley de Nueva York, se produjo realmente. Si el juez decide a su favor, entonces la sentencia es anulada, el caso debe ser desestimado y su cuenta bancaria debe ser liberada. Este proceso puede llevar mucho tiempo y a menudo es un factor que influye en el proceso de toma de decisiones de muchas personas.

Entonces, ¿qué más puede hacer si no quiere necesariamente presentar una Orden para Mostrar Causa?

Al embargar su cuenta bancaria, se le enviará una notificación por escrito en la que se le informará de que si tiene ciertos tipos de dinero en su cuenta, pueden estar «exentos» del embargo. Si cree que su dinero entra en esas categorías (que incluyen cosas como la Seguridad Social, la indemnización por accidente de trabajo, las prestaciones por incapacidad, etc.), el aviso describe el proceso para conseguir la liberación de su cuenta. Siga atentamente este aviso y asegúrese de actuar de inmediato para evitar que surjan complicaciones. Este proceso suele ser más rápido que la presentación de una Orden para Mostrar Causa, pero todavía puede tomar varias semanas para resolver. No se salte este procedimiento y espere que la comunicación con los abogados del acreedor sea suficiente. Ellos no tienen sus mejores intereses en el corazón y su confianza en ellos puede ser en su propio detrimento.

¿Qué más debe saber?

Hay una ley en Nueva York conocida como la «Ley de Protección de Ingresos Exentos» (EIPA) que reconoce la necesidad que la gente tiene de acceder al dinero en sus cuentas para las necesidades de la vida y por lo tanto establece los totales que deben permanecer disponibles para usted, incluso una vez que su cuenta ha sido congelada. Por ejemplo: según la EIPA, si su banco determina que posee 1.950 dólares o menos de ingresos no exentos en cualquier cuenta, ésta no puede ser congelada. Esto también significa que todo lo que esté por encima de los 1.950 dólares puede ser embargado (si no se identifican fondos no exentos).

Por el contrario, si su banco determina que parte del dinero de su cuenta contiene fondos exentos, entonces el límite se eleva a 2.660 dólares. Esto significa que si tiene menos de 2.660 dólares de ingresos exentos y no exentos en su cuenta, no debería haber ningún tipo de congelación – pero todo lo que esté por encima de esa cantidad puede ser congelado (a menos que y hasta que se demuestre que esa cantidad también está exenta). La manera en que usted puede acceder a los fondos protegidos a menudo varía de un banco a otro, así que asegúrese de consultar con su propio banco para obtener detalles específicos.

¿Hay algo más?

Toda la información anterior es útil por varias razones, pero muchas veces los clientes de Graham & Borgese también quieren tratar de obtener su(s) cuenta(s) liberada(s) tan pronto como sea posible, mientras que también resuelve la deuda subyacente. A veces, la presentación de una orden de mostrar la causa no hace eso. Por esa razón, nuestros abogados tienen un enfoque holístico para resolver sus problemas relacionados con la ley del consumidor. No sólo queremos ayudarle a resolver su problema a corto plazo lo más rápido posible, sino que también queremos asegurarnos de que no va a ser sometido más tarde a diferentes tipos de problemas relacionados con la misma deuda.

Si usted está tratando con una cuenta bancaria congelada y quiere orientación sobre qué hacer a continuación, no lo dude – llame a un abogado de Graham & Borgese. Ponga nuestros años de experiencia en el manejo de miles de asuntos de derecho del consumidor a trabajar para usted. Nuestras consultas son gratuitas y no tratamos de presionarle para que haga algo que preferiría no hacer. Hay una solución a su problema que se ajusta a sus necesidades. Permítanos ayudarle a identificar esa solución y trabajar para alcanzar sus objetivos.

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