Las leyes de divorcio en Arizona

Los abogados de divorcio para hombres de Arizona ofrecen respuestas a las preguntas más frecuentes con respecto a las leyes de divorcio en Arizona.

¿Cuáles son las bases para la disolución en Arizona?

Si usted está en un matrimonio sin pacto, sólo se requiere mostrar a la corte que su matrimonio está «irremediablemente roto», lo que significa que no hay perspectiva de reconciliación.

Si usted está en un matrimonio con pacto, usted y su cónyuge deben estar de acuerdo para disolver su matrimonio. Si usted y su cónyuge no están de acuerdo, el tribunal debe encontrar uno de los siguientes:

  1. El cónyuge demandado ha cometido adulterio;
  2. El cónyuge demandado ha cometido un delito grave y ha sido condenado a muerte o a prisión en cualquier centro penitenciario federal, estatal, del condado o municipal;
  3. El cónyuge demandado ha abandonado el domicilio conyugal durante al menos un año antes de que el peticionario presentara la disolución y se ha negado a regresar;
  4. El cónyuge demandado ha abusado física o sexualmente del otro, de un niño, de un pariente de cualquiera de los cónyuges que vive permanentemente en el domicilio conyugal, o ha cometido violencia doméstica. Ver A.R.S. 25-903

¿Cuánto me va a costar una disolución del matrimonio?

Es muy difícil estimar el coste total de su disolución en particular. El costo de su disolución dependerá de las cuestiones involucradas, la capacidad de llegar a un acuerdo sobre ciertas o todas las cuestiones con su cónyuge, las cuestiones que se presentarán ante el tribunal en el juicio, etc.

En Arizona, usted puede elegir que un abogado de divorcio de Arizona lo represente en una apariencia limitada para cuestiones particulares.

Por ejemplo, usted puede decidir que sólo quiere que un abogado lo represente para órdenes temporales, para una orden de protección, en una conferencia de acuerdo, en mediaciones, etc.

Aunque se recomienda que tenga un abogado en todas las etapas de su representación, puede elegir contratar un abogado para una aparición limitada.

¿Realmente necesito contratar un abogado de derecho de familia de Arizona?

El derecho de familia no es una ciencia exacta; la mayoría de los asuntos de familia no pueden ser resueltos por una fórmula o cálculo. Además, hay reglas, leyes y directrices que se espera que todos sigan, independientemente de si usted es un abogado con licencia.

Por lo tanto, es para su beneficio tener un abogado que esté familiarizado con las reglas, leyes y directrices para abogar en su nombre.

¿Las leyes de divorcio de Arizona conceden una disolución del matrimonio basada en la culpa marital?

Arizona es un estado sin culpa. Esto significa que no considera la culpa al tomar decisiones sobre su disolución.

Si usted tiene un matrimonio de pacto y su cónyuge no está de acuerdo con una disolución, entonces el tribunal debe encontrar uno de los siguientes:

  1. El cónyuge demandado ha cometido adulterio;
  2. El cónyuge demandado ha cometido un delito grave y ha sido condenado a muerte o a prisión en cualquier centro penitenciario federal, estatal, del condado o municipal;
  3. El cónyuge demandado ha abandonado el domicilio conyugal durante al menos un año antes de que el peticionario solicitara la disolución y se ha negado a regresar;
  4. El cónyuge demandado ha abusado física o sexualmente del otro, de un niño, de un pariente de cualquiera de los cónyuges que vive permanentemente en el domicilio conyugal, o ha cometido violencia doméstica.
    1. Aunque el tribunal debe considerar uno de los factores anteriores, no tiene en cuenta estos factores al decidir su disolución a menos que un factor se relacione con el interés superior de los niños.

      ¿Puedo obtener una manutención o tendré que proporcionar una manutención a mi cónyuge?

      En Arizona, el tribunal primero determinará si la manutención conyugal es permisible. Una adjudicación de la manutención conyugal es permisible si el tribunal encuentra que el cónyuge que busca la manutención:

      1. Carece de bienes suficientes, incluidos los bienes prorrateados al cónyuge, para satisfacer las necesidades razonables de ese cónyuge;
      2. Es incapaz de ser autosuficiente a través de un empleo apropiado;
      3. Es el custodio de un niño cuya edad o condición es tal que el custodio no debe ser obligado a buscar empleo fuera del hogar;
      4. Carece de capacidad de ganancia en el mercado laboral adecuada para ser autosuficiente;
      5. Ha contribuido a las oportunidades educativas del otro cónyuge; o
      6. Ha tenido un matrimonio de larga duración y tiene una edad que puede impedir la posibilidad de obtener un empleo adecuado para ser autosuficiente.

      Si el tribunal determina que la manutención del cónyuge es permisible, entonces determinará la duración y el monto de la manutención del cónyuge en base a los siguientes factores:

      1. El nivel de vida establecido durante el matrimonio.
      2. La duración del matrimonio.
      3. La edad, el historial laboral, la capacidad de ganancia y el estado físico y emocional del cónyuge que solicita la pensión alimenticia.
      4. La capacidad del cónyuge del que se solicita la pensión alimenticia para satisfacer las necesidades de ese cónyuge y, al mismo tiempo, satisfacer las del cónyuge que solicita la pensión alimenticia.
      5. Los recursos económicos comparativos de los cónyuges, incluida su capacidad comparativa de ganancia en el mercado laboral.
      6. La contribución del cónyuge que solicita la pensión alimenticia a la capacidad de ganancia del otro cónyuge.
      7. La medida en que el cónyuge que solicita la pensión alimenticia ha reducido los ingresos o las oportunidades profesionales de ese cónyuge en beneficio del otro.
      8. La capacidad de ambas partes después de la disolución para contribuir a los futuros gastos de educación de sus hijos comunes.
      9. Los recursos financieros de la parte que solicita la pensión alimenticia, incluidos los bienes conyugales repartidos a ese cónyuge, y la capacidad de dicho cónyuge para satisfacer sus propias necesidades de forma independiente.
      10. El tiempo necesario para adquirir una educación o formación suficiente que permita a la parte que solicita la pensión alimenticia encontrar un empleo adecuado y si dicha educación o formación está fácilmente disponible.
      11. Los gastos excesivos o anormales, la destrucción, la ocultación o la disposición fraudulenta de los bienes gananciales, comunes y otros bienes en común.
      12. El coste que supone para el cónyuge que solicita la pensión alimenticia la obtención de un seguro médico y la reducción del coste del seguro médico para el cónyuge del que se solicita la pensión alimenticia si el cónyuge del que se solicita la pensión alimenticia puede convertir el seguro médico familiar en un seguro médico para empleados tras la disolución del matrimonio.
      13. Todos los daños reales y las sentencias por conductas que den lugar a condenas penales de cualquiera de los cónyuges en las que el otro cónyuge o hijo haya sido víctima.
      14. El tribunal debe considerar estos factores sin tener en cuenta la mala conducta marital. Ver A.R.S. 25-319

        ¿Se puede cambiar el nombre en el momento de la Disolución del Matrimonio?

        Sí, una mujer puede pedir que se le devuelva el nombre de soltera en el momento del divorcio.

        ¿Puedo obtener una anulación en Arizona?

        Puede obtener una anulación en Arizona si su matrimonio se considera nulo o anulable.

        Un matrimonio es nulo si no es reconocido por la ley, como por ejemplo:

        1. Matrimonio entre padres e hijos, incluyendo abuelos y nietos de todos los grados, entre hermanos y hermanas tanto de la mitad como de la sangre completa, y entre tíos y sobrinos, tías y sobrinos y entre primos hermanos;
        2. Sin embargo, los primos hermanos pueden casarse si ambos tienen sesenta y cinco años o más o si uno o ambos primos hermanos son menores de sesenta y cinco años, previa aprobación de cualquier juez del tribunal superior del estado si se ha presentado al juez la prueba de que uno de los primos es incapaz de reproducirse.
        3. Matrimonio entre personas del mismo sexo.
        4. Ver A.R.S 25-101.

          Un matrimonio es anulable cuando la causa alegada constituye un impedimento que hace nulo el matrimonio. Véase A.R.S. 25-301. Ejemplos de causas que han constituido un impedimento incluyen pero no se limitan a:

          1. Matrimonio anterior no disuelto
          2. Mayoría de edad
          3. Relación sanguínea
          4. Ausencia de capacidad mental
          5. Intoxicación
          6. Falta de intención contractual
          7. Ausencia de una licencia válida
          8. Amenaza
          9. Rechazo a las relaciones sexuales
          10. Fraude
          11. Misrepresentación de la religión

          ¿Cuándo puedo solicitar la disolución del matrimonio en Arizona?

          Una vez que usted haya sido residente del Estado de Arizona por 90 días puede solicitar una Disolución de Matrimonio en el condado en el que reside.

          ¿Cuándo terminará mi caso?

          Es muy difícil determinar cuándo terminará su caso en particular. Hay varios factores que determinan el tiempo que durará su caso.

          Algunos casos pueden resolverse en 90 días mientras que otros se extienden hasta 18 meses y más.

          ¿Tengo que ir al tribunal?

          En general, sí puede anticiparse a ir al tribunal. Sólo en algunos casos de incumplimiento el tribunal puede conceder el divorcio sin que usted tenga que comparecer. Por lo tanto, debe anticiparse a comparecer.

          Si los intentos de notificar a mi cónyuge no funcionan, ¿cuál es mi siguiente paso?

          El trabajo no es el único lugar donde puede notificar a su cónyuge. Su cónyuge puede ser notificado en su casa o en cualquier lugar en el que se encuentre. Su cónyuge puede ser notificado por uno de los siguientes métodos:

          Si su cónyuge reside dentro del Estado de Arizona usted puede notificar a su cónyuge por uno de los siguientes métodos:

          1. Servidor de procesos. Usted puede usar un servidor de proceso privado registrado con el secretario de la corte o cualquier otra persona designada por la corte para notificar personalmente a su cónyuge.
          2. Servidor del Sheriff. Puede ponerse en contacto con la oficina del sheriff del condado donde vive la otra parte para que un agente del sheriff haga la notificación a su cónyuge.
          3. Por correo. Usted puede notificar a su cónyuge por correo o servicio de mensajería nacional siempre y cuando se requiera una confirmación de la firma.
          4. Si su cónyuge reside fuera de Arizona puede notificar a su cónyuge por uno de los siguientes métodos:

            1. Servicio directo. La notificación puede hacerse fuera del estado pero dentro de los Estados Unidos por una persona autorizada para notificar bajo la ley del estado donde se hace dicha notificación.
            2. Por correo. Cuando se conoce la ubicación de nuestro cónyuge fuera del estado, usted puede notificar a su cónyuge por correo o servicio de mensajería nacional siempre que se requiera una confirmación de la firma.
            3. Publicación. La notificación por publicación puede utilizarse cuando el demandado no es residente o cuando se desconoce su residencia. La publicación de la citación se realiza en un periódico, publicado en el condado donde se ha presentado la acción una vez a la semana durante cuatro semanas sucesivas.
            4. Su cónyuge puede aceptar la notificación firmando, ante notario, un formulario de aceptación de la notificación y devolviéndoselo a usted.

              La prueba de la notificación debe presentarse ante el tribunal.

              ¿En qué momento del proceso puede un cónyuge volver a casarse o empezar a salir?

              No puede volver a casarse hasta que su divorcio haya finalizado y su decreto de disolución haya sido presentado.

              Las citas no están prohibidas; sin embargo, es importante que discuta este asunto con su abogado para su caso particular ya que las citas pueden afectar la dinámica de su caso.

              ¿Qué pasa si mi cónyuge no quiere el divorcio?

              Si usted tiene un matrimonio de pacto y su cónyuge se opone a tener el divorcio, tendrá que probar una de las siguientes cosas:

              1. El cónyuge demandado ha cometido adulterio;
              2. El cónyuge demandado ha cometido un delito grave y ha sido condenado a muerte o a prisión en cualquier centro penitenciario federal, estatal, del condado o municipal;
              3. El cónyuge demandado ha abandonado el domicilio conyugal durante al menos un año antes de que el peticionario solicitara la disolución y se ha negado a regresar;
              4. El cónyuge demandado ha abusado física o sexualmente del otro, de un niño, de un pariente de cualquiera de los cónyuges que vive permanentemente en el domicilio conyugal, o ha cometido violencia doméstica.

              Si usted no tiene un matrimonio de pacto, entonces sólo se requiere que el tribunal encuentre que su matrimonio está irremediablemente roto de tal manera que la reconciliación no es realista.

              Después de solicitar el divorcio, ¿tengo que seguir viviendo en Arizona?

              No está obligado a permanecer en el estado después de solicitar el divorcio, sin embargo, es probable que haya una restricción para que los hijos salgan del estado durante la disolución sin el consentimiento explícito del tribunal o el acuerdo de su cónyuge.

              Reubicarse fuera del estado puede afectar la dinámica de su caso, por lo que debe consultar con un abogado antes de tomar la decisión de reubicarse.

              ¿Cómo y dónde se presenta una petición de disolución?

              Una Petición de Disolución de Matrimonio debe ser presentada en el condado en el que usted reside. Puede utilizar el centro de autoservicio en el sitio web del Tribunal Superior del Condado de Maricopa para preparar su petición.

              ¿Cómo entrego la Petición de Disolución de Matrimonio a mi cónyuge?

              El método para notificar a su cónyuge con la Petición de Disolución de Matrimonio depende de si su cónyuge reside dentro del Estado de Arizona o fuera del Estado de Arizona.

              Si su cónyuge reside dentro del Estado de Arizona puede notificar a su cónyuge por uno de los siguientes métodos:

              1. Servidor de procesos. Usted puede usar un servidor de proceso privado registrado con el secretario de la corte o cualquier otra persona designada por la corte para notificar personalmente a su cónyuge.
              2. Servidor del Sheriff. Puede ponerse en contacto con la oficina del sheriff del condado donde vive la otra parte para que un agente del sheriff haga la notificación a su cónyuge.
              3. Por correo. Usted puede notificar a su cónyuge por correo o servicio de mensajería nacional siempre y cuando se requiera una confirmación de la firma.
              4. Si su cónyuge reside fuera de Arizona puede notificar a su cónyuge por uno de los siguientes métodos:

                1. Servicio directo. La notificación puede hacerse fuera del estado pero dentro de los Estados Unidos por una persona autorizada para notificar bajo la ley del estado donde se hace dicha notificación.
                2. Por correo. Cuando se conoce la ubicación de nuestro cónyuge fuera del estado, usted puede notificar a su cónyuge por correo o servicio de mensajería nacional siempre que se requiera una confirmación de la firma.
                3. Publicación. La notificación por publicación puede utilizarse cuando el demandado no es residente o cuando se desconoce su residencia. La publicación de la citación se realiza en un periódico, publicado en el condado donde se ha presentado la acción una vez a la semana durante cuatro semanas sucesivas.
                4. Su cónyuge puede aceptar la notificación firmando, ante notario, un formulario de aceptación de la notificación y devolviéndoselo.

                  La prueba de la notificación debe ser presentada ante el tribunal.

                  ¿Cuánto tiempo tengo que esperar para recibir mi divorcio?

                  Después de presentar su Petición de Disolución tendrá que esperar al menos 60 días antes de pedir al tribunal que conceda su Petición de Disolución. Por lo general, su disolución sólo se resolverá en 60 días si solicita una sentencia en rebeldía.

                  El tiempo de su caso real depende de sus bienes, de si hay hijos del matrimonio, de las cuestiones que deba resolver el tribunal, de la voluntad de su cónyuge de llegar a acuerdos, de la agenda del tribunal, etc. Los casos se resuelven generalmente entre seis y 18 meses.

                  ¿Cómo pruebo la culpa para el divorcio?

                  No se requiere probar la culpa para una Disolución del Matrimonio. Si tiene un matrimonio de pacto y su cónyuge no está de acuerdo con la Disolución Matrimonial, tendrá que probar una de las siguientes cosas:

                  1. Su cónyuge ha cometido adulterio;
                  2. Su cónyuge ha cometido un delito grave y ha sido condenado a muerte o a prisión en cualquier centro penitenciario federal, estatal, del condado o municipal;
                  3. Su cónyuge ha abandonado el domicilio conyugal durante al menos un año antes de que el peticionario presentara la disolución y se ha negado a regresar;
                  4. Su cónyuge ha abusado física o sexualmente del otro, de un niño, de un pariente de cualquiera de los cónyuges que vive permanentemente en el domicilio conyugal, o ha cometido violencia doméstica.

                  Las pruebas para demostrar los factores anteriores pueden incluir, pero no se limitan a, informes policiales, testimonios de testigos oculares, documentación que demuestre la condena, fotografías, tomar la declaración de su cónyuge, etc.

                  ¿Puede una pareja casarse legalmente viviendo juntos como hombre y mujer bajo las leyes del estado (matrimonio de derecho común)?

                  No, Arizona no reconoce el matrimonio de derecho común.

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