Una de las preguntas que más se le hace a BYL Collections durante la incorporación de nuevas cuentas es sobre el reporte a los burós de crédito. Obviamente, nuestros clientes de crédito y cobranza entienden como el reporte de buró de crédito puede realmente provocar una llamada o pago de un cliente. Cuando asumimos la responsabilidad de recuperar una cuenta, también planeamos reportar la deuda mala a las oficinas de crédito. Sin embargo, para facilitar ese reporte, nuestros clientes deben habernos suministrado la información que los burós de crédito requieren.
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Informes de las agencias de crédito & Exactitud
Cuando una persona busca un crédito para un préstamo, tarjeta de crédito, hipoteca u otra financiación, el acreedor realizará un informe de crédito para el consumidor. A veces, el consumidor no es consciente de la deuda pendiente en su informe de crédito y querrá pagar la deuda. Si el consumidor tiene una deuda pendiente o mala en su informe de crédito, se le puede pedir que llame al acreedor y/o haga un pago para afectar positivamente a su calificación crediticia. Las agencias de cobro también informan de las deudas incobrables a las oficinas de crédito, ya que pueden iniciar llamadas de consumidores que controlan su crédito. Las personas que aprovechan el informe de crédito anual gratuito que les corresponde pueden querer aumentar su calificación crediticia también.
La exactitud del crédito de los consumidores está protegida por la Ley de Informes de Crédito Justos donde los consumidores tienen la capacidad de disputar los errores en sus informes de crédito. En 2015, las tres principales agencias de crédito, Equifax, Experian y TransUnion, crearon una iniciativa llamada Plan Nacional de Asistencia al Consumidor para ayudar a facilitar este proceso. En el marco del Plan Nacional de Asistencia al Consumidor, los burós de crédito han mejorado su capacidad para recopilar información completa y precisa sobre los consumidores y buscan proporcionar a los consumidores más transparencia cuando interactúan con las agencias de informes de los consumidores, como las agencias de cobro de deudas, sobre sus informes de crédito.
Información obligatoria para reportar cuentas morosas
El Plan Nacional de Asistencia al Consumidor también tiene requisitos para los proveedores de datos o aquellos que están reportando a los burós de crédito. Los requisitos de datos obligatorios son para asegurar que la deuda reportada se corresponde correctamente con el individuo. Garantizar una correspondencia correcta reduce la probabilidad de que los datos reportados sean falsos o inexactos.
Para reportar la deuda de un consumidor a las tres principales agencias de crédito, se requiere la siguiente información:
- Nombre completo (nombre, segundo nombre, apellido y sufijo)
- Dirección completa
- Número de la Seguridad Social completo, o
- Fecha de nacimiento (MM/DD/AAAA)
- Fecha de morosidad
Nota: Si no se dispone del número completo de la Seguridad Social, el acreedor debe facilitar también la fecha de nacimiento completa.
Fechas de morosidad
La Ley de Informes Crediticios Justos excluye de los Informes de Consumo las cuentas colocadas para su cobro o cargadas a pérdidas y ganancias cuya fecha de morosidad sea anterior al informe de consumo en más de siete años. El período de siete años comienza al expirar un período de 180 días a partir de la fecha de morosidad de la cuenta. La fecha de morosidad determina el tiempo que la deuda del consumidor puede figurar en su informe de crédito. La fecha de morosidad se produce en la fecha en que no se efectúa el primer pago, independientemente del tiempo que transcurra después de la morosidad y de que el acreedor cargue la cuenta a pérdidas y ganancias o la entregue a una agencia de cobros. La fecha de morosidad permanece fija hasta que el saldo de la cuenta se paga en su totalidad. Por lo tanto, esta fecha de morosidad se mantiene incluso cuando la deuda se deposita en una agencia de cobros, se cede o se vende. Ni la fecha de cobro ni la fecha en la que la cuenta se coloca en una agencia de cobro pueden utilizarse como fecha de morosidad en una cuenta.
Responsabilidad de los acreedores
Los acreedores deben ser conscientes de estos requisitos de datos para la presentación de informes de las agencias de crédito. Esto puede obligar a los acreedores a pedir información más detallada de la que necesitarían de otro modo. Los acreedores pueden tener que crear un equilibrio a la hora de exigir la divulgación de esta información. Pedir información de identificación personal podría afectar a la capacidad de realizar una venta, por lo que puede ser necesario definir criterios.
Los acreedores también dispondrán de información personal identificable (PII) sobre sus clientes y posteriormente serán responsables de almacenar estos datos de forma segura. Si usted es un acreedor y tiene alguna pregunta sobre los requisitos de notificación de cuentas morosas a las agencias de crédito o los procedimientos de notificación de las agencias de cobro, háganoslo saber.
Descargo de responsabilidad: La información comunicada en este artículo no debe interpretarse como asesoramiento legal u opinión legal sobre hechos específicos y no debe considerarse representativa de las opiniones de su(s) autor(es) y/o de las Empresas BYL. La información contenida en este artículo no pretende ser una declaración definitiva sobre el tema tratado. Más bien, la información pretende servir como una herramienta que proporciona consejos prácticos y referencias para los lectores.
Contenido actualizado:Este artículo ha sido actualizado desde su fecha de publicación original el 6 de octubre de 2017